Marco Legal de las Cooperativas de Ahorro y Prestamos

“El cooperativismo, es tan antiguo como el hombre”

Antulio Parrilla Bonilla

Hablar de cooperativismo es hablar de ayuda mutua, de sumar esfuerzos colectivos, de apoyo, de solidaridad, de trabajo en equipo y sacrificio personal en búsqueda de objetivos comunes.

Antecedentes del Marco Jurídico para las Cooperativas de Ahorro y préstamo.

Es importante para quien pertenece al movimiento cooperativo, concretamente al sector de Ahorro y Préstamo, conocer la historia, evolución y actualidad de su marco jurídico, recordemos que quien no conoce la historia esta obligado a repetirla.

Es por ello conveniente compartir con ustedes la cronología evolutiva del marco jurídico mexicano para las Cooperativas de Ahorro y préstamo.

 

Primeras Organizaciones

  • Noviembre de 1839.- “Sociedad mercantil y de seguridad de ahorros Orizaba”.
  • Septiembre 1873.- “Primer taller de sastrería del gran círculo de obreros”.
  • Marzo de 1874.- Cooperativa de Carpinteros y de sombreros de 1874.-  Cooperativa de Carpinteros y de Sombreros.
  • En 1876 se formó una cooperativa de consumo familiar integrada por obreros ferroviarios del Distrito Federal.
  • Formadas sin reconocimiento legal.

Código de Comercio de 1888

El primer referente de la legislación cooperativa en México se desprende del Código de Comercio de 1888 como unidades económicas de características diferentes al resto de las empresas, que incluía a estas sociedades cooperativas entre las sociedades mercantiles. La cual contenía muchas imprecisiones.

Durante ese período y como resultado del esfuerzo de jóvenes intelectuales y obreros se integró el Partido Cooperatista Nacional (PCN), también conformado por obreros textiles, tranviarios, choferes, ferroviarios, profesores y estudiantes.

El PCN tuvo con el triunfo del General Obregón en 1920, sesenta diputados al Congreso y cinco gobernadores en los Estados.

Estaba sustentado en los principios que promovían:

  • La obtención de un nuevo ajuste de las condiciones de la sociedad.
  • La formación de una vigorosa nacionalidad y la práctica de las nuevas instituciones democráticas.
  • La realización de un programa concreto y práctico en bien del partido.

 

Los Cooperativistas veían con certidumbre su futuro.

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Ley Cooperativa de 1927

Plutarco Elías Calles se pronunció a favor del cooperativismo e instruyó a la Secretaría de Industria y Comercio para que presentara un proyecto de ley sobre cooperativismo, teniendo como resultado la promulgación de la primera Ley General de Sociedades Cooperativas, publicada en febrero de 1927.

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Ley Cooperativa de 1933

Comprendido el Poder Ejecutivo Federal que el Congreso de la Unión no estaba autorizado para legislar plenamente en toda clase de cooperativas, solicitó de éste, facultades extraordinarias que le fueron otorgadas el 6 de enero de 1933, con objeto de poder expedir la nueva Ley General de Sociedades Cooperativas que había sido encomendada a una comisión de técnicos.

La citada ley, que se publicó en el diario oficial de la federación el 12 de mayo del año 1933 por Abelardo L. Gallardo.

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Ley Cooperativa de 1938

El 1935 como muestra de la importancia del movimiento cooperativo, en la Ciudad de México, surgió la Liga Nacional de Sociedades Cooperativas con más de 800 delegados, cuya principal función fue la defensa de los intereses generales del movimiento.

El resultado desembocó en la promulgación de la Ley General de Sociedades Cooperativas el 15 de febrero de 1938 que tuvo vigencia hasta la década de los noventa, promulgada por el General Lázaro Cárdenas.