BENEFICIOS

          Ser socio de Caja Atemajac te               permite gozar de muchos beneficios.

La condición de socio de la cooperativa te lleva a que seas una persona comprometida con los principios y valores cooperativos, así como el tener una visión de mejora en la educación, la salud, el trabajo, la vivienda y el cuidado del medio ambiente.

El ser socio de Caja Atemajac te permite gozar de estos beneficios.

Tenerlos a tu disposición y de tus seres queridos es una corresponsabilidad de la Caja Atemajac en mantenerte informado y tú como socio estar enterado de ello y cumplir con tus deberes para tener vigente tus derechos.

Estos beneficios están basados en los valores de ayuda mutua, solidaridad, equidad y servicio y te invitamos a que los pongas en práctica como socio de esta cooperativa, con la sentencia: “Hoy por ti, mañana por mí”.

APOYO EN GASTOS FUNERARIOS

Este beneficio se otorga al socio fallecido y consiste en un servicio básico contratado con las funerarias autorizadas.

 

Este beneficio se otorga al socio fallecido y consiste en un servicio básico contratado con las funerarias autorizadas.

En el caso de que los familiares deseen un servicio con otras condiciones de mayor precio en las funerarias con las que se tiene convenio, la cooperativa sólo cubrirá la cantidad estipulada de $7,500.00 pesos y los familiares cubrirán la cantidad restante del servicio que ellos eligieron. Se les recomienda acordar esto con el personal de la funeraria para evitar controversias posteriores en el pago de los servicios contratados. En caso de que los familiares del socio fallecido no tomen el servicio con las funerarias con las que se tiene convenio, la cooperativa solo los apoyará con la cantidad de $7,500.00 pesos.

Requisitos: Socio que al fallecer esté en pleno goce de sus derechos, tener su parte social completa, estar al corriente de los pagos del préstamo (para los socios que hayan tenido préstamo con la cooperativa al momento de fallecer) y haber efectuado movimientos de ahorro constante (mínimo $100 pesos mensuales en el ahorro ordinario) en los últimos seis meses previos al deceso.

Se recomienda a los socios y beneficiarios estar siempre atentos a esta información para que, en caso de enfermedad o incapacidad, no se deje la cuenta olvidada por espacio de seis meses o más y con ello se tenga el riesgo de perder este beneficio.

SEGURO DE PROTECCIÓN AL AHORRO Y AL PRÉSTAMO.

Éste apoyo económico se le entregará al beneficiario que haya designado el socio, con el doble del ahorro ordinario hasta por la cantidad de $30,000.00 mil pesos.

 

Éste apoyo económico se le entregará al beneficiario que haya designado el socio, con el doble del ahorro ordinario hasta por la cantidad de $30,000.00 mil pesos.

En el caso de que el socio fallecido se encontrara pagando algún préstamo a la cooperativa, el saldo pendiente por liquidar se le condonará siempre y cuando haya estado al corriente en sus pagos en los últimos seis meses. Después de aplicar o descontar los haberes del socio, el seguro sólo cubrirá hasta por la cantidad de $250,000.00 pesos en conjunto (ahorro y préstamo).

Requisitos: Haber cubierto la parte social, estar al corriente de los pagos del préstamo y haber efectuado movimientos de ahorro constante en los últimos seis meses previos al deceso.

Descarga el Reglamento de Protección al Ahorro y al Préstamo

BENEFICIO MUTUAL

Es el servicio que recibe el o los beneficiarios del socio cuando éste fallece, este apoyo económico es por la cantidad de $30,000 pesos.

 

Es el servicio que recibe el o los beneficiarios del socio cuando éste fallece, este apoyo económico es por la cantidad de $30,000 pesos, y se efectúa a través del pago de una aseguradora.

Requisitos: Haber cubierto la parte social, estar al corriente de los pagos del préstamo (Aplica solo para socios que hayan tenido préstamo con la cooperativa al momento de fallecer) tener como mínimo $500 pesos de ahorro ordinario y haber efectuado movimientos de ahorro constante en los últimos seis meses previos al deceso.

Descarga el reglamento del Beneficio Mutual.